FUNDAMENTACION TEÓRICA DE LA EXPERIENCIA

Para el desarrollo pleno de las personas se necesita, además de una formación educativa y ocupacional-laboral, otro tipo de actividades, como pueden ser las culturales, las deportivas e incluso la práctica laboral.

En este sentido, el Reglamento Penitenciario, en su artículo 131, recoge las características principales a contemplar en los centros penitenciarios en materia de actividades socioculturales y deportivas. En concreto:

1. Con arreglo a las directrices del Centro Directivo y de acuerdo con las necesidades detectadas por las Juntas de Tratamiento, se programarán las actividades culturales, deportivas y de apoyo más adecuadas para conseguir el desarrollo integral de los internos.

2. Los internos podrán proponer las actividades socioculturales y deportivas que deseen realizar.

3. La Administración Penitenciaria promoverá la máxima participación de los internos en la realización de las actividades culturales, deportivas y de apoyo que se programen, que se destinarán al mayor número posible de internos y tendrán continuidad durante todo el año.

4. Las actividades culturales, deportivas y de apoyo, así como la participación en las mismas de los internos, los profesionales del centro y los colaboradores sociales del exterior, se coordinarán por la Junta de Tratamiento.

Conocidas las características generales, a continuación pasamos a analizar cada una de ellas por separado:

Las actividades socioculturales que se desarrollan en los centros penitenciarios tienen por objeto facilitar la creatividad de los internos y difundir las distintas manifestaciones culturales generadas en el entorno social. Están dirigidas por monitores ocupacionales, y aunque en ellas pueden colaborar los maestros de instituciones penitenciarias y el resto de funcionarios del centro, principalmente se efectúan en colaboración con las organizaciones no públicas y con los voluntarios y colaboradores que trabajan regularmente en prisión.

Los programas socioculturales desarrollados en nuestros centros penitenciarios son:

1. Creación Cultural, con talleres ocupacionales en las diversas expresiones creativas (cerámica, dibujo, madera, cuero, confección, fotografía, teatro, música, etc.)

2. Difusión Cultural, a través de conferencias, proyecciones de cine, representaciones teatrales y musicales, participación en programas de bibliotecas, etc.

3. Formación y Motivación Cultural, a través de cursos, concursos, exposiciones, animación a la lectura, semanas culturales, jornadas conmemorativas, etc.

Las actividades que tienen por objeto la participación, no sólo la difusión, son las más enriquecedoras. Estas actividades se llevan a cabo en talleres ocupacionales donde los internos pueden realizar obras individuales (pintura, cerámica, marquetería, artesanía) y/o colectivas (teatro, música, video, etc.). Para completar esta labor creativa que se desarrolla en los centros, se organizan diferentes concursos, exposiciones, en definitiva, actividades motivadoras, con los internos del mismo o diferente establecimiento. Con ello se consigue proyectar a un público mayor las obras creadas, dar a conocer a todos los internos las preocupaciones que han sentido alguno de sus compañeros y reconocer el esfuerzo realizado. Junto con estas actividades culturales, y como medio de expresión individual y colectiva de los internos, hay un gran número de talleres de televisión, radio y prensa.

En relación a la participación de las actividades de ONG´s  sabemos que la LGP, encomienda a la política penitenciaria los objetivos de custodia, acción social y reinserción social de las personas sometidas a la pena de prisión. Al ser este objetivo demasiado amplio para la Administración penitenciaria, se hace necesaria la implicación de otros agentes y organismos públicos y, especialmente, del voluntariado, a través de las ONGs. No obstante, sus acciones en centros penitenciarios están reglamentadas por la Instrucción Interna 5/2000 de la DGIP, sobre Intervención de ONGs en el ámbito penitenciario.

La justificación de esta Instrucción 5/2000 queda enmarcada en su introducción desde una triple vertiente:

- Los cambios operados en la Administración Penitenciaria en materia de formación, enseñanza reglada y formación profesional ocupacional: en el sentido de caminar con rapidez hacia sistemas normalizados que permitan a los reclusos y exreclusos acceder a las mismas fuentes de formación que las personas adultas libres y que otras personas consideradas en el colectivo de "desfavorecidos" a la hora de una atención especial compensatoria de sus carencias.

- La clarificación que, en materia de inserción sociolaboral se está realizando en los últimos años, con carácter general, por parte de las instituciones nacionales y supranacionales.

- Y la necesidad sentida, y puesta de manifiesto por las organizaciones no gubernamentales, de ordenar y clarificar las intervenciones en el área de actuación de la Administración Penitenciaria.

Con todo, para la adecuada participación, coordinación y colaboración de todos los estamentos implicados en el gran objetivo (reeducación y reinserción social), se exige una labor previa de la Administración Penitenciaria. Esta labor consiste en el establecimiento de los marcos generales de actuación a medio plazo, fijando prioridades y pautas de actuación en las que se enmarquen las actuaciones de las organizaciones no gubernamentales con el fin de garantizar:

-          La eficacia, de modo que las actuaciones sean las adecuadas para las necesidades de la demanda en cada momento.

-           La eficiencia, con el fin de que la relación entre los recursos aplicados por todas las Administraciones e Instituciones implicadas y los resultados obtenidos sea lo más adecuados.                                                                                                     

-          Que todo lo anterior se lleve a cabo garantizando los principios y normas generales que han de regir en el medio penitenciario en materia de seguridad.

A continuación ofrecemos el marco normativo que regula las acciones de las organizaciones no gubernamentales. Empezaremos, como no, por el actual Reglamento Penitenciario, seguido de la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de junio de 2001, por el que se aprueba el Plan Estatal del Voluntariado para los años 2001-2004, y finalizaremos con el Real Decreto 1910/99, de 17 de diciembre.

El primero de ellos, el Reglamento Penitenciario, recoge varios artículos sobre las acciones de las ONG’s, en concreto:

-          El artículo 62 establece un marco general de participación y colaboración de las Organizaciones no Gubernamentales, siendo el Centro Directivo el que aprueba los programas de intervención, previo informe de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario.

-          El  artículo 111, apartado 3, dice que para la adecuada ejecución de las actividades de tratamiento se facilitará la colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas o privadas.

-          El apartado 2 del artículo 116 establece que, dentro del marco establecido en el Plan Nacional sobre Drogas, la Administración Penitenciaria, en coordinación con otras Administraciones Públicas o con otros organismos e instituciones debidamente acreditadas, realizará en los centros penitenciarios los programas de atención especializada en drogodependencias que precisen los internos que voluntariamente lo soliciten.

-          El artículo 117 posibilita que los internos clasificados en segundo grado que presenten un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezcan riesgos de quebrantamiento de condena, puedan acudir regularmente a una institución exterior para la realización de un programa concreto de atención especializada, siempre que éste sea necesario para su tratamiento y reinserción social. La Junta de Tratamiento realizará la coordinación necesaria con la institución para el seguimiento del programa.

Por su parte la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado tiene como objetivo fundamental promover y facilitar la participación solidaria de los ciudadanos en actuaciones de voluntariado en el seno de organizaciones sin ánimo de lucro, públicas o privadas. En ella se dispone que la Administración General del Estado fomentará el establecimiento de mecanismos de asistencia técnica, programas formativos, servicios  de información y campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado.

Por su parte, el Plan Estatal del Voluntariado para los años 2001-2004, agrupa las actuaciones en torno a tres áreas:

• Sensibilización: proporcionando información a toda la sociedad acerca del valor, las oportunidades y la necesidad de participación voluntaria.

• Apoyo: comprometiendo al sector público, al privado lucrativo y al propio Tercer Sector en la modernización de las ONGs y en su dotación, adecuadas al destacado papel social que han de desempeñar.

• Coordinación: fortaleciendo la colaboración entre administraciones públicas y ONGs, prestando una especial atención a su implicación en las estructuras y redes nacionales e internacionales de cooperación.

Así, es objetivo primordial del Plan Estatal de Voluntariado establecer el marco general que contemple las prioridades de actuación de las instancias públicas y privadas relacionadas con el voluntariado (cuya participación ha sido decisiva a lo largo de todo el proceso de elaboración del Plan), a partir de las previsiones de la Ley del Voluntariado y respetando la normativa autonómica existente.

Por su parte, el Real Decreto 1910/99, de 17 de diciembre, contempla la creación del Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social, como órgano de encuentro, diálogo, participación y asesoramiento, en las políticas públicas de acción social.

Consecuentemente, el diseño del sistema de colaboración del voluntariado estará fundamentado por los siguientes principios:

• Facilitar la labor del voluntariado, simplificando los trámites de autorización estará fundamentado por los siguientes principios:

• Facilitar la labor del voluntariado, simplificando los trámites de autorización de las intervenciones.

• Garantizar una mínima permanencia de las intervenciones, de modo que éstas no se vean limitadas necesariamente al período anual.

• Tender hacia el establecimiento de criterios generales y prioridades comunes a grupos de centros, facilitando así que las sinergias generadas con motivo de las actuaciones en un centro favorezcan al resto, reduciendo burocracia y favoreciendo la eficiencia y eficacia de las intervenciones.

• Fomentar la participación de las organizaciones no gubernamentales en el seguimiento y la evaluación de sus propios programas.

• Favorecer la formación del voluntariado y del personal de la Institución en la labor del voluntariado.

• Orientar las intervenciones, ofreciendo a las organizaciones no gubernamentales los mapas de necesidades plurianuales de colaboración por parte de las mismas en los programas de las líneas de actuación básicas que puedan contribuir a los objetivos de las políticas que tiene encomendadas la Administración Penitenciaria.

Existe una amplia evidencia empírica en relacionar la elevada proporción de jóvenes delincuentes con síntomas de TDAH en comparación con la población general, detallando que las cifras se situarían en torno al 65-70%, … y que del mismo modo, se hallan cifras muy elevadas de psicopatologías tanto en las propias Instituciones Penitenciarias como en Centros Correccionales…”; que el fenómeno de la corrupción tan de boga en estos tiempos-, tienen relación directa con alteraciones en sus funciones ejecutivas, en el aspecto de la cognición social según los postulados de la sinaptogénesis; en el sentido en que el delito en este caso puntual es un conflicto social dadas las falencias en los procesos cognoscitivos del reconocimiento social de la conducta. 

Y que, en definitiva, nuestro sistema penitenciario no resocializa; sino que al contrario, dispone un escenario propicio para el perfeccionamiento de la vida del crimen. En otras palabras: “(…) el interno generalmente prosigue y aún perfecciona su carrera criminal con el contacto y las relaciones con otros reclusos, pierde sensibilidad social para vivir luego en libertad y adquiere una actitud de rechazo frente a la sociedad. La cárcel cambia ciertamente al que ha entrado en ella, pero generalmente lo hace para empeorarlo”

Es por lo anterior que a la luz de los nuevos postulados neurocientíficos, abordar el tema de la responsabilidad de manera diferencial y rehabilitar acorde a las necesidades puntuales de cada sujeto, puede influir en las nuevas formas cómo evolucionan, se crean, y mantienen las políticas de resocialización.

Hoy se rehabilita solo a partir de la aplicación de técnicas de habilidades sociales, de habilidades de afrontamiento o de tratamientos de trastornos afectivos– emocionales, que no han dado sus frutos y han resultado insuficientes.

La resocialización tiene como resultado la interiorización de normas, costumbres, creencias, competencias y valores que permitan una relación intersubjetiva social adecuada una vez el sujeto ha cumplido con la sanción penal.

Según Guillamondegui: “ La palabra resocialización comprende el proceso que se inicia con la estancia del condenado en prisión, mediante el cual el equipo interdisciplinario profesional, con la colaboración del personal penitenciario y previo consentimiento del interno, procura que este pueda tomar conciencia de la génesis de su comportamiento delictivo pretérito y de sus implicancias personales, familiares y sociales presentes y futuras, con el propósito de fomentar y consolidar su capacidad de convivir en sociedad respetando la ley penal en lo sucesivo…

En un estudio que se realizó en España, se logró identificar, que 3 de cada 10 presos padecen Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad26, es decir, el 30% de las personas que han incurrido en delitos podrían requerir un tratamiento adicional a los programas comunes de resocialización, que incluyan tratamientos neurocientíficos para rehabilitar las funciones ejecutivas necesarias del sujeto para la reinserción social.

PROGRAMAS DE ENTRENAMIENTO CEREBRAL

Los juegos de inteligencia son un excelente método para mejorar el rendimiento cerebral. Se demostró que dedicando unos pocos minutos al día a resolver este tipo de ejercicios se mejoran aptitudes como la memoria, la deducción, la agilidad y la concentración, entre muchas otras.

Un nuevo estudio publicado en la revista Neuropsychology Review analizó ampliamente las características de los programas de entrenamiento cerebral y estimulación cognitiva disponibles en el mercado, y examinó críticamente la evidencia empírica de estas herramientas para comprobar si efectivamente promovían la salud del cerebro y ayudaban a sus usuarios.

Los autores de esta primera revisión sistemática clasificaron los programas de  entrenamiento cerebral y rehabilitación cognitiva con el nivel más alto de evidencia empírica en relación a la eficacia. Los investigadores del estudio “Enhancing Cognitive Functioning in Healthy Older Adults: a Systematic Review of the Clinical Significance of Commercially Available Computerized Cognitive Training in Preventing Cognitive Decline”,  (en español -Mejorar el Funcionamiento Cognitivo en Adultos Mayores Sanos: una Revisión Sistemática de la Importancia Clínica del Entrenamiento Cognitivo Computarizado Comercialmente Disponible para la Prevención del Declive Cognitivo)  concluyeron que: “La evidencia actual, apoya que únicamente algunos productos computarizados para el entrenamiento cerebral y rehabilitación cognitiva, permiten promover el envejecimiento saludable y mejorar la función cerebral ayudando a fomentar un envejecimiento sano del cerebro.”

Los autores de este estudio buscaron en la literatura académica ensayos clínicos en humanos relacionados con los programas de entrenamiento del cerebro comercialmente disponibles. Después de recuperar cerca de 8.000 estudios, los revisores identificaron 18 programas cognitivos, 11 de los cuales no disponían de ensayos clínicos o pruebas empíricas para su revisión. Entre los restantes 7 programas de entrenamiento cerebral, sólo CogniFit y otra compañía poseían el mayor nivel de evidencia que mostraba efectos concretos del entrenamiento del cerebro en el envejecimiento saludable.

“Durante la última mitad de la década, hemos visto una proliferación de juegos cerebrales o aplicaciones de entrenamiento cerebral con poca o ninguna evidencia científica respaldando sus afirmaciones de mejorar la función cerebral. Desafortunadamente, esta situación ha generado declaraciones contradictorias sobre si el entrenamiento del cerebro funciona o no, lo que genera confusión entre los profesionales de la salud y posteriormente en el consumidor medio”.

“Acojo con satisfacción esta revisión que demuestra cómo la tecnología es un instrumento clínico líder y eficaz que permite mejorar y rehabilitar la función cognitiva de los usuarios, resultando altamente beneficiosa y útil para usuarios particulares, investigadores, educadores o profesionales del sector salud” dijo Tommy Sagroun.

Los investigadores defienden que el entrenamiento cerebral  “permite mejorar la memoria de trabajo y funciones ejecutivas en adultos mayores sanos”, siendo una herramienta eficaz que muestra importante evidencia sobre los efectos concretos del entrenamiento del cerebral, ayudando a promover el envejecimiento saludable y mejorar la función cerebral en adultos mayores. 

Estimular o rehabilitar determinadas capacidades cognitivas como las funciones ejecutivas, la velocidad de procesamiento o la atención a través del entrenamiento cognitivo  puede ayudar a mejorar la movidlidad, velocidad de marcha y reducir las caídas en personas mayores.

Las herramientas de psicoestimulación y rehabilitación cerebral son una tecnología líder en la línea preventiva y un excelente complemento para llevar a cabo una terapia no farmacológica que permita ayudar a restaurar las capacidades cognitivas dañadas.

Este estudio demostró que la estimulación cognitiva de importantes habilidades, a través de programas cualificados permite transferir las mejoras cognitivas a los dominios de las vida diaria de los participantes, pudiendose utilizar tanto en individuos sanos, como para un gran número de patologías y necesidades específicas de salud mental.

Las evaluaciones y los juegos de entrenamiento cerebral están diseñados para adaptarse a las características personales de cada usuario. La utilización es sencilla y accesible para todos los públicos, incluso para personas no familiarizadas con programas de intervención cognitiva. Los programas de entrenamiento o rehabilitación cerebral y evaluación cognitiva pueden ser aplicado a cualquier persona (niños, adultos y personas mayores).

  • Personas jóvenes, adultos o mayores que quieran evaluar o mejorar su propio estado cognitivo:  Las baterías de ejercicios mentales se adaptan automáticamente a las necesidades concretas de cada usuario. Se evalúan los resultados cognitivos de la persona, y crea un régimen de entrenamiento cognitivo expresamente diseñado para el individuo.
  • Familiares o cuidadores: El papel de la familia es esencial para proporcionar apoyo a los seres queridos y ayudarles a evaluar y mejorar su funcionamiento cognitivo. Muy fácil de utilizar, permite a cualquier persona sin conocimientos especializados, valorar y mejorar importantes factores neuropsicológicos. Se puede regular y gestionar el régimen de evaluación cognitiva o entrenamiento cerebral que podrán hacer nuestros familiares en el propio hogar.
  • Profesionales del sector salud:  médicos, psicólogos y otros profesionales de la salud han validado en el ejercicio de la intervención cognitiva de sus pacientes. Los datos de y su comparativa normalizada pueden ayudar a comprender de forma precisa determinadas patologías y trabajar sobre aquellos ámbitos cognitivos que se han visto alterados o debilitados. 
  • Colegios y personal docente: Los programas de entrenamiento y evaluación cerebral son muy fáciles de utilizar y pueden ayudar a cualquier educador con, o sin experiencia en el ámbito de la psicopedagogía, a explorar y mejorar el funcionamiento cognitivo de sus alumnos. Ademas puede ayudar a identificar alguna de las causas neurológicas relacionadas con el fracaso escolar, y a mejorar los procesos cognitivos implicados en el aprendizaje y desempeño académico.
Investigadores y científicos: Estos programas de entrenamiento cerebral permiten a investigadores y científicos de todo el mundo llevar a cabo intervenciones cognitivas y estudiar en profundidad las características neuropsicológicas de los participantes en la investigación. Esto  permite ahorrar tiempo al equipo científico y a los participantes, facilitando la recogida, gestión y análisis de los datos referentes al estudio

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